¿Puedo ir con mi coche al trabajo?

Sí, es una de las excepciones por las cuales se le permite utilizar su vehículo.

¿Puedo ir en bicicleta al trabajo?

Sí, es una de las excepciones por las cuales se le permite utilizar su vehículo.

¿Puedo conducir si soy extranjero?

Puede circular solo para realizar algunas de las actividades permitidas durante el estado de alarma, igual que el resto de conductores.

Además, durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas queda interrumpido el plazo de seis meses durante el cual el titular de un permiso de conducción extranjero válido para conducir en España puede conducir en el territorio nacional.

¿Podemos ir con otra persona en el coche al trabajo?

Sólo podrá ir el conductor, salvo en el caso de que vaya acompañante una personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada. En caso de que tengan que ir más de una persona en el vehículo,  respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes.

¿Puede conducir con mi permiso caducado?

Los permisos, licencias y otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días después de su finalización.

Me estaba sacando el permiso de conducción, ¿se me acabará el plazo para presentarme a los exámenes?

No porque el plazo se verá incrementado por el tiempo que dure el estado de alarma.

¿Puede conducir con la itv caducada?

Si ha caducado la ITV durante el periodo del estado de alarma podrá conducir mientras dure este periodo.

¿Tengo que pagar el estacionamiento regulado?

Hay ciudades en las que han suspendido temporalmente el cobro por aparcar en estas zonas y otras ciudades donde se sigue cobrando.

¿Me cubre el seguro?

Sí, te cubrirá la póliza que tuviese contratada en las mismas condiciones que si no estuviésemos en estado de alarma.